13 Mar
13Mar

                                                                                    Por -cristina Cafure

El fin de semana que siguió a la apertura de sesiones del Congreso, el Presidente Milei cumplió con una de sus promesas de campaña: utilizar la motosierra para cortar de raíz las empresas del estado. En este caso fue la Agencia de Noticias Telam. Telam fue creada en 1945 y era, hasta ayer nomás, la agencia de noticias más grande del país, contaba con más de 700 empleados y generaba más de 500 artículos por día. También fue cerrado el sitio web y el servicio de información a través de cables, fotografías y el archivo al que no se puede acceder.                      El edificio central fue vallado impidiendo el ingreso de los trabajadores, los que recibieron una notificación por la cual eran licenciados por siete días      ( en estos momentos se prorrogó la licencia por 7 días más y se abrió un registro de retiros voluntarios) Telam fue creada con el propósito de difundir información de todo y a todo el país, con carácter federal y pluralista, con corresponsales en todas las provincias y convenios con agencias y organismos de prensa extranjeros. Más allá de las necesarias modificaciones que hubieran sido necesarias hacer para impedir que fuera deficitaria o sirvieran a los intereses del gobierno de turno, no hay dudas de que se trata de un claro ejemplo de censura y violación de los derechos a la libertad de expresión e información. En una nota publicada en Prensa Red ( Agencia de Noticias del Cispren) el Dr Miguel Rodriguez Villafañe, constitucionalista y periodista de opinión considera que el cierre de Telam es un acto de nulidad absoluta e insanable, pues “ el presidente Milei amparado en la supuesta vigencia del DNU 70/ 23 puso en marcha el cierre de la Agencia Nacional de Noticias. Conforme a la ley 20705 de sociedad del estado, es el poder legislativo quien tiene la facultad de resolver la liquidación de una empresa como Telam”. El problema radica en que Milei por el DNU estableció en el artículo 40 que se deroga la ley 20.705. Este jueves 14 de marzo, el Senado de la Nación discutirá el DNU y según su resolución ,si lo aprueban o no, se verá el posicionamiento de las provincias y partidos con relación a las extorsiones que vienen padeciendo del poder central.Y sigue diciendo Rodriguez Villafañe: ¨ La nulidad absoluta del DNU70 se da de pleno derecho y se produce en el nacimiento mismo del acto porque va en contra de la Constitución Nacional”…ya que afecta gravemente la división de poderes en contra de lo dispuesto por la Constitución Nacional”, en tanto se arroga facultades extraordinarias, equivalente a un “auto otorgamiento por el presidente de la suma del poder público, condicionando gravemente la actuación del Congreso…” Además, que pruebas existen para considerar el cierre de Telam como de necesidad y urgencia? Mientras tanto…700 familias quedan sin trabajo,amén de vulnerarse el derecho a la palabra y a la información.

Comentarios
* No se publicará la dirección de correo electrónico en el sitio web.